Micelio

Providencias que la citan

Estas providencias invocan a A. 018/07 en su argumentación. · 9 en total.

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C-537/08Constitucionalidad2008

Control De Constitucionalidad De La Convencion Interamericana Contra El Terrorismo

C-1142/08Constitucionalidad2008

Requisito De Anuncio Previo De Votacion En Tramite Legislativo De Ley Aprobatoria De Tratado Internacional. No Subsanación De Vicio

C-958/07Constitucionalidad2007

Control De Constitucionalidad De La Convencion Sobre La Notificacion O Traslado En El Extranjero De Documentos Judiciales O Extrajudiciales En Materia Civil O Comercial

C-926/07Constitucionalidad2007

Control De Constitucionalidad Del Acuerdo Sobre Transporte Aereo Transfronterizo Entre Colombia Y Peru

A. 232/07Auto2007

Revision De Constitucionalidad De La Ley 1108 Del 27 De Diciembre De 2006, “por Medio De La Cual Se Aprueba La “convencion Interamericana Contra El Terrorismo”, Suscrita En La Ciudad De Bridgetown, Barbados, El Tres (3) De Junio De Dos Mil Dos (2002), En El Trigesimo Segundo Periodo Ordinario De Sesiones De La Asamblea General De La Organizacion De Los Estados Americanos”. Consideracion Previa Sobre La Existencia De Un Vicio De Procedimiento De Carácter Subsanable. Tramite Legislativo Del Proyecto De Ley. Publicacion De Los Proyectos De Ley Y El Requisito De Publicidad En El Tramite Legislativo. La Publicacion Del Informe De Ponencia Es Un Requisito Inherente A La Transparencia Y Publicidad Que Ordenan El Tramite De Los Proyectos De Ley En El Congreso. El Incumplimiento De Este Requisito Constituye Un Vicio De Procedimiento. Reglas Jurisprudenciales Sobre El Anuncio De La Votacion De Los Proyectos De Ley. Existencia De Un Vicio Subsanable En El Tramite Del Proyecto De Ley. Devuélvase A La Presidencia De La Camara De Representantes La Ley 1018 De 2006 Con El Fin De Que Tramite La Subsanacion Del Vicio De Procedimiento Identificado En Esta Providencia Y Concédase A La Comision Segunda Constitucional Permanente De La Camara De Representantes El Termino De 30 Dias Para Que Subsane El Vicio Detectado

A. 129/07Auto2007

Revision Constitucional De La Ley 944 Del 17 De Febrero De 2005, “por Medio De La Cual Se Aprueba El Acuerdo Sobre Transporte Transfronterizo Entre El Gobierno De La Republica De Colombia Y El Gobierno De La Republica Del Peru, Suscrito En Lima El 11 De Junio De 2003”. Mediante Auto 207 De 2005 Se Determino Un Vicio De Procedimiento En El Tramite De La Ley Y Ordeno Su Devolucion Al Senado De La Republica Para Subsanar El Vicio Encontrado. Se Observa Que No Se Ha Cumplido Con Un Requisito De La Formacion De Las Leyes, Pues La Secretaria Juridica De La Presidencia De La Republica Solamente Allego El Tramite Cursado En El Congreso, Pero No El Texto Definitivo De La Ley Sancionada Por El Presidente De La Republica. Ordena Solicitar A La Presidencia De La Republica Remita El Texto Definitivo De La Ley 944 De 2005

A. 119/07Auto2007

Revisión Constitucional De La Ley 1072 Del 31 De Julio De 2006, Por Medio De La Cual Se Aprueba La Enmienda Al Articulo 1º De La Convencion Sobre Prohibiciones O Restricciones Del Empleo De Ciertas Armas Convencionales Que Puedan Considerarse Nocivas O De Efectos Indiscriminados, Adoptada En La Segunda Conferencia De Examen De Los Estados Parte En La Convencion En Ginebra, Suiza. La Revision Formal De La Ley. Remision De La Ley Aprobatoria Y Del Tratado Por Parte Del Gobierno Nacional. Negociacion Y Celebracion Del Tratado. Tramite Realizado En El Congreso De La Republica Para La Aprobacion De La Ley 1019 De 2006. Analisis De Constitucionalidad Del Tramite Dado Por El Congreso A La Ley 1072 De 2006. Incumplimiento Del Requisito Del Anuncio Previsto En El Articulo 160 De La Constitucion Politica. Reiteracion De Jurisprudencia En Torno A Lo Ocurrido En El Tercer Debate En La Comision Segunda De La Camara De Representantes. La Corte Procedera A Devolver A La Presidencia De La Camara De Representantes La Ley 1072 De 2006, Con El Fin De Que Disponga Lo Pertinente Para Que Se Subsane El Vicio Advertido. Devuélvase La Ley A La Presidencia De La Camara De Representantes Para Que Se Subsane El Vicio De Procedimiento Señalado En La Providencia Y Concédase Treinta Dias Para Que Se Subsane El Vicio Detectado

A. 078/07Auto2007

Ley 1074 De 2006. Se Aprueba El Acuerdo De Complementacion Economica No. 33 (Tratado De Libre Comercio) Celebrado Entre La Republica De Colombia, Los Estados Unidos Mexicanos Y La Republica Bolivariana De Venezuela– Sexto Protocolo Adicional. Revision Formal De La Ley Aprobatoria Del Acuerdo De Complementacion Economica Constitutivo Del Sexto Protocolo Adicional. Tramite Surtido. Existencia De Un Vicio Subsanable En El Tercer Debate Del Proyecto De Ley. Devuélvase A La Presidencia De La Camara De Representantes La Ley 1074 De 2006 Con El Fin De Que Se Subsane El Vicio De Procedimiento Y Conceder A La Comision Segunda Constitucional Permanente De La Camara De Representantes El Termino De Treinta Dias Para Que Subsane El Vicio Detectado

A. 053/07Auto2007

Revisión De Constitucionalidad De La Ley 1073 De 2006, Por Medio De La Cual Se Aprueba La Convención Sobre La Notificación O Traslado En El Extranjero De Documentos Judiciales O Extrajudiciales En Materia Civil O Comercial. Naturaleza Del Control De Constitucionalidad De Las Leyes Aprobatorias De Tratados. Revision Por El Aspecto Formal. Existencia De Un Vicio Subsanable En El Tramite Legislativo Consistente En El Cumplimiento Del Requisito Del Anuncio De La Votación Por Parte De La Comision Segunda De La Cámara De Representantes Durante El Tercer Debate Del Tramite. Devuélvase A La Presidencia De La Cámara De Representantes La Ley 1073 De 2006 Y Concédase A La Comisión Segunda Constitucional Permanente De La Cámara De Representantes El Término De Treinta (30) Dias Para Que Subsane El Vicio Detectado